Ley que Promueve el Turismo Interno

El 10 de octubre de 2018 fue publicado en el Diario Oficial el Decreto 19-2018 que contiene la reforma a la Ley que Promueve el Turismo Interno (Decreto 42-2010), la cual entró en vigencia el 18 de octubre de 2018.

Para el efecto, la reforma establece que determinados asuetos se gozarán de la siguiente manera:


CUANDO:

Coincida con días martes o miércoles

se gozará el día lunes inmediato ANTERIOR.

Coincida con días jueves, viernes, sábado o domingo

se gozará el día lunes inmediato SIGUIENTE.


Esta disposición era aplicable únicamente para los asuetos del 1º de mayo, 30 de junio y 20 de octubre, sin embargo, el 17 de abril de 2020 la Corte de Constitucionalidad, mediante expediente 5536-2018, resolvió CON LUGAR la Inconstitucionalidad general parcial promovida en contra de la Ley que Promueve el Turismo Interno y, en consecuencia, los asuetos del 1 de mayo y 20 de octubre deberán gozarse en la misma fecha de su celebración por considerarse que en ambas fechas acontecieron hechos que implican conquistas laborales relevantes.

En virtud de lo anterior, la Ley que promueve el Turismo Interno resulta únicamente aplicable para el asueto de 30 DE JUNIO, que este año recae en día lunes, lo que significa que SE DEBERÁ GOZAR ESE MISMO DÍA LUNES, es decir, el LUNES 30 DE JUNIO DE 2025.

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