Clasificación de residuos y desechos sólidos
El 10 de agosto de 2021 fue publicado en el Diario Oficial el Acuerdo Gubernativo 164-2021, «Reglamento para la gestión integral de los residuos y desechos sólidos comunes», el cual entró en vigencia al día siguiente de su publicación y fue reformado por el Acuerdo Gubernativo 184-2023 el 9 de agosto de 2023.
Su objeto es establecer las normas sanitarias y ambientales que deben aplicarse para la gestión integral de los residuos y desechos sólidos comunes, en función de asegurar la protección de la salud humana y evitar la contaminación del ambiente.
Dicho reglamento establece el proceso de gestión de los desechos considerando los siguientes pasos:
- Clasificación, separación y almacenamiento 
- Recolección y transporte 
- Transferencia 
- Recuperación y reciclaje 
- Tratamiento de los desechos sólidos comunes 
- Disposición final de los desechos sólidos comunes 
Es importante resaltar que este reglamento aplica a todas las personas, individuales o jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras, que como resultado de sus actividades produzcan residuos o desechos sólidos comunes. En consecuencia, todos estamos obligados a realizar la siguiente clasificación:
- Clasificación primaria (vigente desde el 11 de agosto de 2021): - a. Orgánico 
- b. Inorgánico 
 
- Clasificación secundaria (vigente desde el 11 de febrero de 2025): - Orgánico 
- Reciclable (Papel y cartón, vidrio, plástico, metal, multicapa); y 
- No reciclable 
 
También es importante mencionar que todas las municipalidades de la República de Guatemala están obligadas a implementar su «Plan municipal para la gestión integral de residuos y desechos sólidos» y que se permite que las municipalidades establezcan una clasificación secundaria extendida e incluso una clasificación terciaria, lo que dependerá del tipo de desechos que produzca el Municipio en cuestión.
Se debe tener en cuenta que toda infracción (es decir inobservancia, incumplimiento y violación de las normas establecidas en este reglamento) será sancionada con multa de 1 a 40 salarios mínimos no agrícolas vigentes en la fecha de imposición de la multa; asimismo, se establecerá un periodo de tiempo para que el infractor implemente las medidas y acciones correctivas para asegurar el cumplimiento.
Por último, se incentiva a las empresas para que como parte de sus programas de responsabilidad ambiental empresarial coadyuven en los aspectos educativos en materia de residuos y desechos sólidos comunes.
 
                        